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Monotributo: hasta cuándo hay tiempo para recategorizarse y qué tener en cuenta

Nuevas escalas

A partir del 1 de julio, la AFIP subió un 41% los topes de facturación de cada categoría. La recategorización se realiza dos veces al año: en enero y en julio. ¿Cómo evaluar en qué categoría de monotributo debo anotarme?

A partir del 1 de julio la AFIP habilitó el sistema para que los monotributistas puedan recategorizarse teniendo en cuenta las nuevas escalas, que implican un incremento del 41% en la facturación de cada categoría.

Para verificar si están alcanzados, los monotributistas deben ingresar a la página de la AFIP con su CUIT y clave fiscal. Si los ingresos superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización.

Hay tiempo hasta el 20 de julio para hacer el trámite y el pago del componente impositivo debe realizarse ese día.

Aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción. Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.

Como parte del alivio fiscal para pequeños contribuyentes y autónomos, los contribuyentes de las categorías A y B están exentos del pago del componente impositivo de la obligación mensual, siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo, es decir, siempre y cuando no tengan un trabajo en relación de dependencia ni cobren una jubilación, estén inscriptos en el Régimen General, como IVA exentos, ejerciendo el rol de directores o administradores de sociedades y tampoco perciban rentas financieras o ingresos por alquileres. Este beneficio continúa vigente.

Los períodos de recategorización son cada 6 meses, en enero y julio, y cuando llegan se debe evaluar la actividad de los últimos 12 meses; si hubo cambios en los ingresos, alquileres y demás.

¿Cómo evaluar en qué categoría de monotributo debo anotarme?
Para evaluar la categoría en la que corresponde estar dentro del monotributo, hay que considerar los siguientes parámetros en relación a los últimos 12 meses:

-Los ingresos brutos acumulados
-La energía eléctrica consumida
-Los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad.

Luego, se debe cotejar estos valores con la tabla de categorías del monotributo vigente para saber cuál le corresponde al contribuyente.

Recategorización del Monotributo: paso a paso
-Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.
-Seleccionar la opción “recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.
-Seleccionar “continuar recategorización”. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente y se confirma en la opción “confirmar categoría”.
-Luego, imprimir la nueva credencial.
-La opción “Recategorización” sólo se encontrará disponible desde el día 1 hasta el día 20 de julio. Fuente: Clarín

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