Comercio electrónico
La medida modificó la reglamentación del Código Aduanero y buscó simplificar las operaciones realizadas mediante el operador postal oficial. El nuevo esquema también intenta reducir las diferencias que existían frente al régimen de Prestadores de Servicios Postales, conocido como courier.
Qué cambia para las compras al exterior
A partir de la nueva reglamentación, las compras al exterior enviadas por correo y con un valor FOB de hasta 400 dólares estarán exentas del pago de derechos de importación y de la tasa de estadística. El beneficio podrá utilizarse en un máximo de cinco envíos por año y por persona.
Cuando el envío supere ese valor o el destinatario exceda el cupo anual permitido, el excedente quedará alcanzado por los tributos correspondientes al régimen general. La exención, por lo tanto, no implica que la totalidad de cualquier compra quede libre de impuestos.
Con este cambio, el tratamiento de las compras al exterior realizadas por el correo oficial queda equiparado con el régimen courier, que ya contemplaba el beneficio para envíos sin finalidad comercial desde fines de 2024.
El decreto también derogó la norma que establecía una alícuota unificada del 50% para las importaciones efectuadas mediante envíos postales. El Gobierno sostuvo que la coexistencia de reglas diferentes generaba incertidumbre para los consumidores.

Exportaciones comerciales sin límite de valor
Otra de las principales novedades alcanza a las personas y empresas que venden productos fuera del país. Las exportaciones con finalidad comercial realizadas por vía postal ya no estarán sujetas a límites de valor.
Hasta ahora, la falta de una reglamentación específica dificultaba el uso del operador postal oficial para realizar este tipo de operaciones. La norma busca facilitar el acceso al comercio internacional de pequeñas empresas, emprendedores y vendedores que trabajan con volúmenes reducidos.
El Ejecutivo consideró que la exportación postal constituye una alternativa simplificada frente a las operaciones tradicionales de comercio exterior. Además, destacó su importancia ante el crecimiento del comercio electrónico entre distintos países.
Las exportaciones destinadas a ayuda familiar u obsequios personales continuarán exentas de tributos, con excepción de las tasas por servicios, siempre que el valor acumulado no supere los 5.000 dólares mensuales por remitente.
Cómo serán los controles aduaneros
El operador postal quedará autorizado automáticamente para representar al destinatario de las compras al exterior durante los controles aduaneros. La persona podrá intervenir directamente o elegir otro representante, pero deberá manifestarlo antes de que el envío ingrese al país.
La Aduana conservará la facultad de abrir los paquetes, verificar la mercadería y determinar qué régimen legal corresponde. En casos excepcionales, también podrá citar al destinatario o a una persona autorizada para participar del procedimiento.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero será la encargada de dictar las normas complementarias y operativas para implementar el nuevo sistema. El decreto entró en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial. Fuente: El Once



