Reglamentaron el Régimen Penal Juvenil: la edad de imputabilidad baja a 14 años

Reglamentaron el Régimen Penal Juvenil: la edad de imputabilidad baja a 14 años
El Gobierno reglamentó el Régimen Penal Juvenil para adolescentes desde los 14 años y estableció mecanismos de seguimiento, coordinación federal, asistencia y reinserción social.
El Gobierno nacional reglamentó el Régimen Penal Juvenil, aplicable a adolescentes desde los 14 años y hasta las cero horas del día en que cumplan 18, mediante el Decreto 875/2026 publicado este lunes en el Boletín Oficial. La medida estableció las pautas para implementar la Ley 27.801 y designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal.

 

La reglamentación aborda, entre otros aspectos, la figura del supervisor especializado, la atención integral de las víctimas, las medidas complementarias y penas alternativas, la capacitación de quienes intervengan en el sistema y la coordinación entre organismos nacionales y jurisdicciones provinciales.

 

El decreto no modifica la edad establecida para el régimen. La aplicación desde los 14 años ya había sido determinada por la Ley 27.801. La novedad publicada este lunes fue su reglamentación, destinada a establecer mecanismos para poner en funcionamiento el nuevo sistema.

 

Uno de los puntos centrales será la implementación del Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil. Estos profesionales tendrán a su cargo tareas de seguimiento, asistencia y control de los adolescentes imputados y deberán contar con formación especializada en áreas como educación, pedagogía infantojuvenil, psicología, adicciones o trabajo social.

 

Hasta que el registro definitivo esté constituido, el Ministerio de Justicia deberá elaborar un listado provisorio de profesionales. La primera convocatoria pública tendrá que concretarse en un plazo máximo de 180 días desde la entrada en vigencia del decreto. Los jueces seleccionarán de esa nómina al supervisor correspondiente para cada caso.

 

La normativa también contempla la capacitación especializada de magistrados, fiscales, defensores y demás operadores que intervengan en la justicia penal juvenil. En las provincias y la Ciudad de Buenos Aires podrán desarrollarse capacitaciones propias dentro de sus respectivas competencias.

 

Coordinación entre Nación y las provincias

El decreto crea además el Comité Interministerial del Régimen Penal Juvenil, integrado por representantes de los ministerios de Justicia, Seguridad Nacional, Capital Humano y Salud. Entre sus funciones estará coordinar acciones relacionadas con prevención, abordaje y reinserción de los adolescentes alcanzados por el sistema.

 

A su vez, se conformará la Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil, concebida como un espacio permanente de articulación entre Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Tendrá como objetivos armonizar criterios técnicos y procesales, intercambiar experiencias y facilitar convenios de colaboración.

 

Las provincias fueron invitadas a designar un representante para integrar ese ámbito. La norma destacó que la Ley 27.801 es de carácter nacional y de aplicación obligatoria en todo el territorio argentino, aunque su implementación efectiva requerirá coordinación con las jurisdicciones provinciales.

Asistencia a las víctimas y seguimiento de los adolescentes

La reglamentación también pone el foco en la atención de las víctimas, al contemplar mecanismos para garantizar la tutela efectiva, la asistencia especializada y el patrocinio jurídico gratuito previstos en la ley.

 

Además, el seguimiento de los adolescentes y determinada información del sistema deberán articularse con el Registro Nacional de Reincidencia, respetando la reserva de los procesos establecida por la legislación.

 

El Decreto 875/2026 estableció finalmente que su entrada en vigencia será conjunta con la Ley 27.801 y facultó al Ministerio de Justicia a dictar las normas complementarias y aclaratorias necesarias para instrumentar el régimen. Fuente: El Once