El Gobierno apelará el fallo que ordena aplicar la Ley de Emergencia en Discapacidad
Desde la Casa Rosada, sostienen que el fallo representa una “invasión” a las competencias del Poder Ejecutivo para administrar el presupuesto y organizar las cuentas públicas. El planteo oficial subraya que la aplicación inmediata de la ley, sin asignaciones presupuestarias específicas, podría poner en riesgo el equilibrio fiscal y afectar la ejecución de otros programas prioritarios.
El fallo judicial fue el resultado de un amparo colectivo presentado por padres de niños con Certificado Único de Discapacidad, apoyados por organizaciones del sector. Los demandantes argumentaron que la parálisis de la ley, derivada del decreto presidencial, dejó a miles de personas sin cobertura y agudizó la crisis del sistema de prestaciones.

Un fallo controvertido que cuestiona el procedimiento constitucional
En su resolución, el juez González Charvay declaró que el artículo 2 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 681/2025 es “inválido en todos sus aspectos” por contradecir el procedimiento constitucional establecido por el artículo 83 de la Constitución Nacional. Asimismo, argumentó que el Ejecutivo excedió sus facultades al intentar suspender una ley ratificada por el Congreso.
Uno de los puntos centrales del fallo es el financiamiento de la Ley de Emergencia en Discapacidad. Charvay remarcó que la Jefatura de Gabinete realizó más de 19 reasignaciones presupuestarias desde diciembre de 2023, y que esa herramienta podría haberse utilizado para implementar la ley, a pesar de que el presupuesto 2026 no incluyó partidas específicas para tal fin.
La tensión política y judicial se profundiza
El Gobierno rechazó esta interpretación y defendió su postura sobre la necesidad de un respaldo financiero definido por el Congreso para poder aplicar la ley. Aseguran que reasignar fondos sin el marco legal correspondiente podría generar un desbalance fiscal insostenible. Además, destacan que la decisión judicial no tiene en cuenta las limitaciones presupuestarias vigentes.
(Fuente: TN)







